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Becas Fullbright para la ampliación de estudios artísticos y de gestión cultural en los Estados Unidos de América



Objetivo y gestión de las becas

1. La finalidad de las becas del Ministerio de Cultura/Fulbright para la ampliación de estudios artísticos y de gestión cultural en los Estados Unidos de América es contribuir a la formación de los españoles que deseen ampliar estudios artísticos o de gestión cultural en universidades y centros de dicho país y especializarse en uno de los siguientes campos: Artes Audiovisuales, Escénicas, Plásticas y Visuales; Música y Musicología; Museología y Conservación del Patrimonio; Gestión Cultural.

2. La Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en adelante «la Comisión») se encargará de la gestión de las becas.

II. Requisitos de los solicitantes

Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea. No pueden optar a las becas los ciudadanos de Estados Unidos, los que tengan derecho a la ciudadanía o los residentes en el país.

b) Poseer el título superior expedido por una universidad española, o si no, reconocido por el Ministerio de Educación. Excepcionalmente, se aceptarán los títulos expedidos por otras instituciones aunque no estén homologados por el Ministerio de Educación. En el caso de las especialidades de creación artística e interpretación, también podrán optar a beca, quienes no teniendo estudios de grado, acrediten la formación o experiencia que les permita el acceso a estudios de postgrado en centros de Estados Unidos.

c) Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés —hablado y escrito—, demostrable mediante el Test of English as a Foreign Language (TOEFL). De acuerdo con los requisitos de los centros norteamericanos, y para ser considerado para una beca, se exige la siguiente puntuación mínima-según área de estudio:

Artes Audiovisuales, Escénicas, Plásticas y Visuales; Música y Musicología: 80 en el Internet-based Test; o 550 en el Paper-based Test.

Museología, Conservación del Patrimonio, y Gestión Cultural; 100 en el Internet-based Test; o 600 en el Paper-based Test.

El examen será valido si se ha realizado durante los últimos dos años previos a la fecha de cierre de convocatoria.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Igualmente no podrán concurrir a esta convocatoria aquellas personas físicas que, habiendo sido beneficiarios o representantes de beneficiarios de ayudas concedidas por este Ministerio o sus organismos públicos en años anteriores, no las hubieran justificado según establecían sus normas reguladoras, incumpliendo la obligación prevista en el artículo 14.1.6 de la citada Ley 38/2003. A estos efectos se entenderá que dichas ayudas no han sido justificadas mientras persista una deuda declarada mediante resolución del correspondiente procedimiento de reintegro, o bien se encuentre abierto, en la fecha en la que se celebre la reunión de la comisión de valoración de un procedimiento de reintegro por falta de justificación insuficiente de las mismas.
 
III. Formalización y plazo de presentación de solicitudes

1. El impreso de solicitud electrónica, así como el de las cartas de referencia, están disponibles en: http://www.fulbright.es/book/view/425

Información completa sobre esta convocatoria puede solicitarse en: Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, paseo del General Martínez Campos, 24 bis, 28010 Madrid, teléfonos: 917 027 000 ó 913 191 126, fax 917 022 185 (correo electrónico: adviser@comision-fulbright.org) (http://www.fulbright.es).

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Los candidatos deberán cumplimentar la solicitud electrónica y posteriormente imprimirla y presentarla, o bien enviarla por correo, acompañada en ambos casos de toda la documentación de apoyo, en las oficinas de la Comisión. El horario de la Comisión para la entrega de documentación es de lunes a viernes, de 8,30 a 14,00 horas.

Por otro lado, también podrán presentar la documentación por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 


Bases reguladoras: Bases reguladoras de la convocatoria (PDF 528 KB)

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