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AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR (MURCIA).CONTRATACION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL

PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS: DEL 27 AL 31 DE AGOSTO DE 2010 (AMBOS INCLUSIVE)
 
CONVOCATORIA Y BASES ESPECIFICAS DE SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA LA CONTRATACION DE UN/A MEDIADOR/A-SOCIOCULTURAL PARA LA CONCEJALIA DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR.
 
PRIMERA: OBJETO DE LAS BASES.

Es objeto de las presentes bases la formación y regulación del procedimiento selectivo de la contratación laboral temporal del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para la cobertura de una plaza de Mediador-Sociocultural para la Concejalía de Servicios Sociales de este Ayuntamiento para la realización de los trabajos de mediación socio-cultural en todos los Centros de Enseñanza Públicos de San Pedro del Pinatar y aquellos trabajos según se acreditan en la memoria que se adjunta en el expediente. La duración será mientras dure el curso escolar 2010/2011 (30/06/2011), a jornada parcial con horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas y el tipo de contrato será eventual por obra o servicio determinado.
 
SEGUNDA: CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

REQUISITOS GENERALES:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad. (Se acredita con fotocopia compulsada del D.N.I.).
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. (Se acredita con declaración jurada)
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Corporaciones Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. (Se acredita con declaración jurada)
d) Estar en posesión del Graduado Escolar, ESO o equivalente.
 
MERITOS ESPECIFICOS:
 
- Por haber prestado servicios efectivos dentro de la Administración Pública como contratado laboral temporal con la categoría de Mediador Socio-cultural, por razón de 0,25 puntos por mes de servicios prestados, hasta un máximo de 5 puntos. (Vida laboral y Contratos de trabajo)
 - Por la realización de cursos referentes a la inmigración, a razón de 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
 - Dominio de idiomas, tanto hablado como escrito, árabe y francés, a razón de 2 puntos por idioma hasta un máximo de 4 puntos.
 - Entrevista personal a fin de comprobar la adecuación del candidato al puesto a cubrir, en caso de igualdad de puntos.  

La puntuación a obtener por el candidato como consecuencia de titulaciones académicas no será consuntiva, es decir, la titulación superior excluirá la suma de las titulaciones inferiores.
 
TERCERA: INSTANCIAS Y DOCUMENTACION A PRESENTAR.

Las Bases se publicarán en el Tablón de Anuncios y las personas interesadas podrán presentar instancias durante el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezcan las bases de la convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y presentarán instancia ajustada al modelo que se contenga en cada convocatoria, junto con fotoco­pia del DNI, y demás documentación requerida, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Podrán presentarse, asimismo, en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, dentro del plazo de presentación de solicitudes, copia de ésta a través de fax al nº 968 181180.
 
 Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en la forma que determina el art. 38 de la ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo que se requiera, contado desde el siguiente al que aparezca publicado en el Tablón de Anuncios la Convocatoria. De coincidir en sábado o en día festivo, el plazo se prorroga al día hábil siguiente.
 
Las personas aspirantes deberán presentar junto con la instan­cia, los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos. Los datos deberán acreditarse mediante originales o fotocopias compulsadas.
 
 Las sucesivas publicaciones y llamamientos se realiza­rán a través del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
 
 
CUARTA. ADMISION Y SELECCION DE ASPIRANTES.

1º. Terminado el plazo de presentación de instancias, se entenderán admitidas aquellas personas que hubieren presen­tado su solicitud en tiempo y forma, la Junta de Gobierno Local, dictará una relación de aspirantes más idóneos/as para cubrir las plazas vacantes, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

La referida resolución expresará la baremación de cada aspirante, conforme a la puntuación establecida en los méritos específicos.
 
 2º.-La selección de las personas aspirantes más idóneas para cubrir las plazas vacantes se efectuará, mediante concurso, y conforme a los requisitos expresados en el apartado segundo de las presentes bases.
 
 3º.- La persona que no haya sido seleccionada, será llamada según el orden de puntuación obtenida para casos de provisión interina o contratación temporal de las plazas vacantes que se produzcan o por necesidad de sustitución.



Texto íntegro de la convocatoria: web Ayto. 
 
 

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