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AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR. CONVOCATORIA Y BASES ESPECIFICAS DE SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA CONTRATACION DE UN TECNICO AUXILIAR PARA EL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DE LA CONCEJALIA DE SERVICIOS SOCIALES.

PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS DEL 15 AL 19 MAYO DE 2010, AMBOS INCLUSIVE

PUBLICADA LA CONVOCATORIA Y BASES ESPECIFICAS DE SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA CONTRATACION DE UN TECNICO AUXILIAR PARA EL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DE LA CONCEJALIA DE SERVICIOS SOCIALES. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PIANATAR

 
Es objeto de dichas bases la  regula­ción del procedimiento selectivo para la contratación laboral temporal del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para la cober­tura de una plaza de Técnico Auxiliar para la ejecución del Programa de Estancias Diurnas dependiente de la Concejalía de Servicios Sociales. La duración será por seis meses y el tipo de contratación será por obra o servicio determinado y a tiempo parcial, (15 horas semanales).
 
CONDICIONES Y REQUISITOS DEL ASPIRANTE
 
REQUISITOS GENERALES:
 
            a) Ser español/a o ciudadano/a de la CEE.(Se acredita con fotocopia compulsada del D.N.I.).
            b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.(Se acredita con fotocopia compulsada del D.N.I.).
            c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. (Se acredita con declaración jurada)
            d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Corporaciones Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme.(Se acredita con declaración jurada)
e) Poseer permiso de conducir B
f) Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar Primer Grado Rama Sanitaria.
 
MERITOS A VALORAR POR EL TRIBUNAL:
 
-          Por haber prestado servicios efectivos directamente relacionados con la plaza objeto de la convocatoria en la empresa pública, a razón de 1 punto por mes de servicios prestados, hasta un máximo de 4 puntos. (Vida Laboral y contratos)
-          Por haber prestado servicios como Auxiliar de Clínica en la empresa privada, a razón de 1 punto por mes de servicios prestados, hasta un máximo de 2 puntos. (Vida Laboral y contratos.)
-          Por la realización de cursos, seminarios, jornadas, etc., relacionados con servicios de asistencia sanitaria, a razón de 1 punto por curso hasta un máximo de 3 puntos.
-          Por la realización del curso especializado de “Auxiliar de enfermería especialista en Alzheimer” a razón de 1 punto por curso hasta un máximo de 1 punto.
 
-          Entrevista personal a fin de comprobar la adecuación del candidato al puesto a cubrir, en caso de igualdad de puntos.
 
INSTANCIAS Y DOCUMENTACION A PRESENTAR.
 
Las Bases se publicarán en el Tablón de Anuncios y las personas interesadas podrán presentar instancias durante el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezcan las bases de la convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y presentarán instancia ajustada al modelo que se contenga en cada convocatoria, junto con fotoco­pia del DNI, y demás documentación requerida, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Podrán presentarse, asimismo, en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, dentro del plazo de presentación de solicitudes, copia de ésta a través de fax al nº 968 181180.
 
Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en la forma que determina el art. 38 de la ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo que se requiera, contado desde el siguiente al que aparezca publicado en el Tablón de Anuncios la Convocatoria. De coincidir en sábado o en día festivo, el plazo se prorroga al día hábil siguiente.
 
Las personas aspirantes deberán presentar junto con la instan­cia, los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos. Los datos deberán acreditarse mediante originales o fotocopias compulsadas.
 
Las sucesivas publicaciones y llamamientos se realiza­rán a través del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
 
ADMISION Y SELECCION DE ASPIRANTES.
 
1º.-Terminado el plazo de presentación de instancias, se entenderán admitidas aquellas personas que hubieren presen­tado su solicitud en tiempo y forma, la Junta de Gobierno Local, dentro del plazo máximo de 10 días, dictará una relación de aspirantes más idóneos/as para cubrir las plazas vacantes, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
 
La referida resolución expresará la baremación de cada aspirante, conforme a la puntuación establecida en los méritos específicos.
 
2º.-La selección de las personas aspirantes más idóneas para cubrir las plazas vacantes se efectuará, mediante concurso, y conforme a los requisitos expresados en el apartado segundo de las presentes bases.
 
           
3º.- La persona que no haya sido seleccionada, será llamada según el orden de puntuación obtenida para casos de provisión interina o contratación temporal de las plazas vacantes que se produzcan o por necesidad de sustitución.
 
 
CONTRATACION.
 
El Ayuntamiento, efectuará los correspondientes llama­mientos al personal seleccionado según el orden de puntuación obtenida. El resto de personas no seleccionadas formarán la correspondiente lista de espera, pudiendo ser llamadas por orden de prelación en caso de vacancia, renuncia o enfermedad de la persona seleccionada.. Para que exista contratación, se requiere un mínimo de 5 puntos, en el supuesto que no se alcanzara ese mínimo no se realizará contratación alguna.
 
La lista de espera subsistirá hasta la celebración de la siguiente convocatoria.
 
Notificado el llamamiento a la persona seleccionada, ésta compa­recerá en el Ayuntamiento el día que se le indique para la forma­lización del contrato correspondiente. De no hacerlo, perderá su derecho, pasándose a la siguiente de la misma.

Comentarios

  1. trabajar en el estado es uno de los empleos que más satisfacciones y comodidades brinda, no solo por la gran remuneración económica sino también porque la flexibilidad horaria permite desarrollar otras tareas.

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